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Privatizando la educación
Según consta en un informe del Ministerio de Finanzas provincial, el 55% del presupuesto destinado para la educación fue a parar a las escuelas privadas, estando la mayoría de ellas en manos de la Iglesia Católica. Las escuelas públicas siguen en estado calamitoso.
2010-12-15 ::
Por Lázaro Llorens *
En los que va del año, las escuelas privadas medias, superiores y especiales de Córdoba recibieron más fondos que las escuelas públicas. En detalles, según la “Ejecución Presupuestaria al 30/9/10” publicada por el Ministerio de Finanzas, hasta septiembre del 2010, de un total 880 millones de pesos gastados, un 55% (489 millones) tuvo como destino las escuelas privadas, estando la mayoría de ellas en manos de la Iglesia Católica. El 44% restante (390 millones) fue a los establecimientos públicos, algunos de las cuales tienen sus edificios y mobiliarios en estado calamitoso.
A pesar de las declamaciones de ministros y funcionarios, estas cifras oficiales evidencian el irreversible proceso de privatización que está padeciendo el sistema educativo cordobés. Proceso que se verá ratificado a pleno con la nueva ley de educación que actualmente, en medio de fuertes protestas de los estudiantes, se está debatiendo en la Legislatura.
Una simple comparación de la nueva ley que el oficialismo prevé aprobar el próximo 16 de diciembre, con la vigente (Ley 8.113), pone en evidencia que los artículos más sensibles de esta iniciativa están redactados no sólo para garantizar que los millonarios subsidios a escuelas privadas continúen su vía ascendente, llegando el año que viene a los 1.200 millones de pesos, sino para que el Estado pase a ser, en todos los planos, el gran garante económico de las escuelas privadas.
“La nueva Ley de Educación que se pretende aprobar cristaliza la política educativa que tuvo el gobierno provincial en estos últimos años. Una política donde se puede observar un gran aliento hacia el sector privado, en todos los órdenes”, cuestionó, ante Veintitrés, le legisladora provincial por el Frente Progresista Adela Coria, pedagoga y de vasta experiencia en el tema educativo. “Cuando uno mira el presupuesto para el 2011 y ve que hay más de 1.200 millones de pesos para las escuela públicas de gestión privada, lo que se observa allí es que hay ausencia del Estado. Porque son las escuelas públicas de gestión estatal las que merecen la mayor inversión”, añade.
Cambios. Los artículos 1°, 3°, 4 °, 7°, 8°, 11°, 12, 16°, 30° y 35° del proyecto de ley que contiene los nuevos lineamientos que tendrá el sistema educativo cordobés, son los que han sido redactados para consolidar y expandir los beneficios del Estado a las denominadas “Escuelas Públicas de Gestión Privada”. Dicho en criollo, son los artículos donde las escuelas privadas con la Iglesia Católica a la cabeza, y no el diablo, metieron la cola.
Artículo 1°: Este artículo, referido al “Ámbito de Aplicación” prácticamente lo que hace es equiparar las escuelas públicas con las privadas. A punto tal que de aprobarse, el Estado no podrá hacer diferencias entre unas y otras. En él, define que al “Sistema Educativo” de la provincia de Córdoba lo conformaran las “Escuelas Públicas de Gestión Estatal” y las “Escuelas Públicas de Gestión Privada”.
“Considerar ambos circuitos educativos, el público y el privado, como públicos, señalando que la diferencia reside en una simple cuestión de “gestión”, estatal o privada, tal como lo propone el proyecto en su artículo 1, es un abuso”, sostiene la profesora Laura Marrone, especialista en Educación, y miembro de la Comisión de Educación de ADEMYS (sindicato docente de la ciudad de Buenos Aires). “Lo público es mucho más que gratuidad. Es un espacio sin discriminación del alumnado y de aprendizaje del conocimiento público. Esto es lo contrario a las escuelas privadas, que discriminan su matrícula por cuestiones de nivel económico, cultural, religioso, o imparte contenidos que responden a dogmas y/o a concepciones político-filosóficas en forma autoritaria”, añade.
Artículo 3. Este artículo contempla los “Principio Generales” de la ley. Es casi igual al que tiene laley vigente. Lo único que hace es añadirle al inciso d) una sugestiva oración que dice: “Es responsabilidad del Estado garantizar el ejercicio de este derecho (a la educación) en igualdad de oportunidades y sin discriminación de ningún tipo”. Vale aclarar que en el campo educativo hablar de discriminación básicamente es hablar de la supuesta discriminación que dicen padecer las escuelas privadas, de parte del Estado, en lo que respecta al financiamiento público. Con lo cual, este inciso lo que busca es garantizar plena igualdad en el acceso a ese financiamiento, cumpliéndose así un viejo reclamo de la Iglesia Católica.
Esta intención, en el proyecto se hace explícita más abajo con el inciso j). Un inciso que no está en la ley vigente y que textualmente señala: “El Estado asegura en el presupuesto provincial los recursos suficientes para el financiamiento del sistema educativo (escuelas públicas y privadas) e integra con igual fin aportes comunitarios, sectoriales y de otras jurisdicciones”.
Artículo 4. Este artículo se refiere a “Derecho a la Educación y Garantías”. En la ley vigente, este textualmente estipula que “a fines de cumplirse con esta responsabilidad (el Estado) creará y sostendrá centros educativos en todo el territorio provincial, e impulsará el mejoramiento de la calidad de la educación, procurando, el máximo rendimiento social del sistema”.
Con precisión de cirujano, en la nueva Ley de Educación, la única sutil modificación que se le hizo a este artículo fue reemplazar a la palabra “centros educativos” por “sistema educativo”. Con esta simple modificación, de aprobarse el proyecto, el Estado tendrá que responder en todos los planos, no sólo por las vilipendiadas escuelas públicas, sino también por las privadas.
Ante Veintitrés, fuentes directas del Ministerio de Educación rechazaron esta interpretación que se hace del artículo 4 y de todo el proyecto en general. Señalaron que los funcionarios de ese ministerio no son unos “come curas”; que este artículo no quiere decir lo que dice; y que quienes cuestionan la nueva ley de educación sólo son un “grupito de 10 personas”.
Artículo 7. Este artículo titulado “Derechos y Deberes de los Docentes” básicamente pone al Estado cordobés como máximo responsable de las jubilaciones, el seguro, el salario, y la obra social de los docentes de las escuelas públicas y privadas, sin discriminación. Lo hace mediante dos incisos nuevos, el g) y el h). Con lo cual, el principal costo que tienen las escuelas privadas, que es el salario de los docentes, lo deberá afrontar el Estado cuando el propietario de la escuela así lo solicite.
Artículo 8. Hasta la fecha, los aportes que el Estado hace a las Escuelas Públicas de Gestión Privada, son básicamente para pagar salarios del personal docente. Estos subsidios no cubren los salarios del personal técnico, auxiliares, materias especiales, etc. Sin embargo, como no dejando nada librado al azar, el artículo 8 de la nueva Ley de Educación establece que “el personal administrativo, técnico, auxiliar, de la salud y de servicios que se desempeñen en las escuelas, es parte de la comunidad educativa”. Con lo cual, la iniciativa, les abre una gran puerta a las escuelas privadas para que estos cargos también pasen a ser solventados por el Estado, cumpliéndose así otro viejo reclamo de las escuelas privadas.
“Estamos frente a una concepción que se arrastra de la impronta neoliberal de los ’90 y que instaló el Consenso de Washington. Fue justamente Milton Friedman, uno de los padres del neoliberalismo, quien además de promover la privatización de las empresas de servicios públicos en todo el mundo, junto a su esposa alentó la privatización de la educación, planteando que el Estado debía subsidiar a las familias en la elección del tipo de educación que querían para sus hijos. En el terreno de las empresas, Menem “lo hizo”.
En cambio, en el terreno de la educación, el proceso de privatización es un proceso que actualmente se está haciendo en forma paulatina y creciente”, advierte la profesora Marrone.
Artículo 11°. Este polémico artículo, titulado “Derechos y deberes de los Padres”, muestra la gran influencia de la Iglesia Católica en el proyecto actualmente en debate, a punto tal que parece estar redactado por el arzobispo de Córdoba, monseñor Carlos José Ñoñez. Este establece que los padres tienen derecho “a elegir para sus hijos” la escuela cuyo ideario responda a sus convicciones filosófica, éticas o religiosas. O sea que ratifica, con la ideas neoliberales de los ’90, el derecho a optar por una escuela privada.
No conforme con ello, tras cartón, estipula además que “de manera opcional, en el ámbito de la educación pública de gestión estatal” también podrá optar por la “educación religiosa que les permita aprender valores”.
Al respecto, Veintitrés procuró hablar con Guillermo Buitrago, presidente de la Junta Arquidiocesana de Educación Católica de Córdoba, y miembro del Consejo Superior de Educación Católica, para que brinde su punto de vista sobre este polémico artículo; y también sobre los millonarios subsidios que reciben las escuelas de la Iglesia Católica.
Sin embargo, luego de mucha insistencia, su secretario informó que por estos días “andaba con la agenda muy cargada”. Días antes, ante el diario La Voz del Interior, Buitrago había declarado: “Estamos muy sorprendidos de que esto genere conflicto porque es un derecho que pide la persona que lo desea. No es obligatorio. Tal vez por eso, para dar más claridad, aceptamos que fuera mencionado como opcional”.
Artículo 12°. Este artículo titulado “Derechos y Deberes de los Alumnos” básicamente lo que dispone, de manera subrepticia, es que el Estado no sólo se tenga que hacer cargo de los salarios de los docentes, del personal auxiliar y administrativo de las escuelas privadas, sino también de sus edificios. Esto lo hace incorporando el inciso f) donde sin especificar se estipula que los alumnos tienen el derecho a “desarrollar sus aprendizajes en edificios que responden a normas de seguridad y salubridad con instalaciones y equipamiento para que aseguren la calidad del servicio educativo”.
Artículo 16. Ese artículo, titulado “Principios Políticos de Organización del Sistema”, es otro de los que fue modificado con mano diestra, para garantizarles más derechos a las escuelas privadas. En la ley actual dice: “El sistema educativo se organizará, en términos de política educacional, conforme con los principios de democratización, centralización política y normativa, desconcentración operativa y administrativa y participación social…”.
En cambio, en el proyecto de la nueva Ley de Educación, en primer orden se agrega que el sistema educativo se organizará conforme con los principios de “libertad de enseñanza”, lo cual significa “libertad de los padres a optar por escuelas privadas”.
Artículo 30 y 35. Estos artículos referidos a la escuela primaria son nuevos. Y también benefician a los establecimientos privados. El primero determina que el Estado tiene la obligación de “expandir la educación inicial”.
Lo cual equivale a “expandir las escuelas privadas”. Por su parte el artículo 35° establece que la educación primaria debe “brindar oportunidades equitativas”, es decir “brindar recursos de manera equitativa” tanto a escuelas públicas como privadas.
Cabe destacar que el nuevo proyecto de ley, atacado por diversos sectores, fue elaborado por el “Consejo Provincial de Políticas Educativas”. Un organismo integrado por diferentes instituciones públicas y privadas. En representación del sector privado están la Universidad Católica de Córdoba, Universidad BlasPascal, Universidad Empresarial Siglo 21, Consejo Católico para la Educación de Córdoba, Asociación de Institutos Privados de Enseñanza de Córdoba y Cámara Cordobesa de Instituciones Educativas Privadas.
A juicio de lo que se lee en el proyecto, los intereses de las instituciones privadas quedaron ampliamente salvaguardados con la nueva Ley de Educación, y sus viejos reclamos en vía de cumplirse.
Revista 23
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